Este seguro cubre la deuda pendiente de tu tarjeta CMR con un tope de UF 500 en caso de muerte o invalidez total y permanente 2/3.
Recuerda que las deudas son heredables.
Solo pagarás por el seguro si la deuda en tu tarjeta CMR es mayor a $5.000.-
Cubre el saldo insoluto de la deuda de la tarjeta CMR que registre el asegurado en caso de muerte o invalidez total o permanente 2/3.
El monto de cobertura es de hasta UF 500.
Muerte del asegurado producto de efectos de la guerra.
Invalidez originada por una enfermedad diagnosticada antes de la contratación del seguro, o esté siendo evaluada por algún organismo previsional, al momento de la contratación.
Edad mínima de ingreso: 18 años.
Edad máxima de ingreso: 74 años y 364 días.
Edad máxima de permanencia: 79 años y 364 días. Éste se dará de baja automáticamente cuando cumplas 80 años.
El monto a pagar depende del monto de la deuda facturada (con un mínimo de UF 0,037 y un máximo de UF 0,09).
El cobro se hará efectivo siempre que el monto utilizado de la tarjeta CMR sea igual o superior a $5.000 para el periodo de facturación.
Para usar el seguro, se debe acudir a cualquier sucursal de Seguros Falabella, una vez tomado conocimiento del hecho. No obstante, se establece un plazo máximo de notificación del hecho de 365 días, contados desde la fecha de conocimiento del mismo.
El pago del beneficio se realizará dentro de 10 días hábiles, desde la presentación a la compañía de todos los antecedentes solicitados.
En caso de muerte:
• Formulario de denuncio de siniestro, firmado por el reclamante, indicando número de contrato y la cobertura solicitada.
• Certificado de defunción, en formato original, emitido por el Registro Civil, indicando causa de muerte.
• Copia de liquidación de deuda a la fecha de muerte, emitido por CMR.
• Fotocopia de la Cédula de Identidad del asegurado, por ambos lados.
En caso de invalidez total o permanente 2/3:
• Formulario de denuncio de siniestros firmado por el asegurado indicando número de contrato y cobertura solicitada.
• Fotocopia de la Cédula de Identidad del asegurado, por ambos lados.
• Copia de liquidación de la deuda, emitido por CMR.
• Dictamen de invalidez emitido por organismo previsional o legal.
• Informe de médico tratante.