La Alerta Sanitaria nacional mantiene obligatoriedad de contratación de este seguro solo hasta 31 de agosto 2023
A partir del 1 de septiembre, la contratación y venta de este seguro no estará disponible
*Precio en $ es referencial. UF calculada al 01/06/2022, y varía según la UF del 1° de cada mes.
Coberturas de salud
Las coberturas corresponden a gastos relacionados con prestaciones recibidas durante la hospitalización y rehabilitación derivada de un diagnóstico confirmado de COVID-19 producido dentro del período de vigencia de la póliza, de acuerdo a la institución que se encuentre afiliado el trabajador(a).
FONASA: El seguro indemnizará un monto equivalente al 100% del copago por los gastos de hospitalización realizados en la Red Asistencial.
ISAPRE: Indemnizará el deducible que corresponda a la aplicación de la CAEC en la red de prestadores. En este caso, el copago equivaldrá a 30 cotizaciones del afiliado, con un mínimo de UF 60 y máximo de UF 126.
Cobertura fallecimiento
En caso de fallecer el asegurado con o por contagio de COVID, por UF 180. La cobertura no puede estar condicionada a la edad del asegurado.